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Establecerían los plazos para declarar y pagar en 2020


El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el proyecto de calendario tributario para 2020, por medio del cual se modificaría el Decreto 1625 de 2016 en materia tributaria, con el fin de sustituir y adicionar artículos en aras de establecer los plazos para declarar y pagar en el año siguiente. 

El 30 de octubre de 2019 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió un proyecto de decreto de calendario tributario 2020, por el cual se modifica el Decreto 1625 del 2016 en materia tributaria para sustituir y adicionar algunos artículos de la sección 2 del capítulo 13, titulo 1, parte 6 del libro 1, y establecer los plazos para declarar y pagar impuestos nacionales en 2020, a la vez que se dictaminan otras disposiciones referentes al tema en concreto. 
Con el fin de establecer los lugares y los plazos para el cumplimiento de las obligaciones sustanciales y formales en 2020, se emite el presente proyecto de decreto en el cual se estipulan las fechas en que los contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto a pagar y el anticipo, en tres cuotas, y a más tardar en los siguientes plazos: la primera cuota tendrán lugar entre el 11 y el 24 de febrero de 2020; para la declaración y pago de la segunda cuota, entre el 14 y el 27 de abril de 2020; y para el pago de la tercera cuota, entre el 9 y el 24 de junio de 2020.
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