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Estas apps le ayudarán a presentar su declaración de renta


El lenguaje técnico, la complejidad de la norma y la mala asesoría hace que se cometan algunos errores en la presentación de esta obligación. Sin embargo, algunos programas en la web proporcionan ayuda. Le contamos sobre unas opciones.  

Desde agosto 9 y hasta octubre 19 de 2017, los colombianos deben cumplir con su obligación de estar al día con su impuesto de renta, cuyo último plazo para estar al día está estipulado de acuerdo a los últimos números del NIT. Y este año ha sido un poco confuso, debido a que la reforma tributaria aprobada a finales de 2017 introdujo algunos cambios en el impuesto de renta.

Eso ha llevado a la DIAN a aclarar que para los contribuyentes del impuesto de renta 2017 presentarán bajo el procedimiento y contexto normativo definido por la Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014. Recuerde que puede cumplir con su deber de declarar antes de la fecha de su vencimiento. 

La DIAN estima que cerca de 2.130.000 Personas Naturales presentarán declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario por el año gravable 2016, quienes pagarán por concepto de dicho impuesto la suma de $1,6 billones, una vez descontadas las retenciones en la fuente que les hayan practicado, los anticipos del impuesto pagados el año anterior y los saldos a favor. 

Para declarar y pagar esta obligación, la Entidad señaló que se puede ingresar al sitio http://www.dian.gov.co/micrositios/renta_gravable2016/index.html, teniendo en cuenta lo siguiente: 

-Los cambios al Impuesto de Renta Personas Naturales previstos por la Reforma Tributaria – Ley 1819 de 2016, aplicarán para la declaración año gravable 2017, que se presentará en 2018. 

-La declaración de Renta Personas Naturales año gravable 2016, se presentará bajo el procedimiento y contexto normativo definido por la Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014.
-Usted deberá declarar Impuesto de Renta Personas Naturales por el año gravable 2016, si es Residente fiscal en Colombia (Residente para efectos tributarios) y ha cumplido con alguna de las siguientes condiciones: 
Patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($ 133’889.000) a 31 de diciembre de 2016 Ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($ 41’654.000) durante el año gravable 2016. 
Compras y/o consumos en efectivo, con tarjetas de crédito, préstamos o por cualquier otro medio de pago de bienes como casas, apartamentos, lotes, vehículo u otros activos y/o consumos de bienes superiores a 2.800 UVT ($ 83.308.000) durante el año gravable 2016.
Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a 4.500 UVT ($ 133.889.000) durante el año gravable 2016.
Responsable del IVA en el régimen común, al cierre del año gravable 2016 Tenga en cuenta que también deben declarar renta, las sucesiones ilíquidas, donaciones o asignaciones modales que cumplan con las condiciones mencionadas, y las personas naturales NO RESIDENTES, si la totalidad de sus ingresos no estuvieron sometidos a la retención en la fuente de que tratan los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario. Artículo 1.6.1.13.2.7 de la Sección 2, Capítulo 13, Título 1, Parte 6, del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016. 

Ayudas en la web

Como no todos tenemos la misma disposición para entender el estatuto tributario en lo que a declaración de renta se refiere, existen en la web algunas ayudad que pueden ser útiles, empezando por el programa de la DIAN, Ayuda Renta. Para algunos, se hace un poco complejo entender el lenguaje que maneja este portal y por eso se han creado otras alternativas, si usted es más de los que le gusta seguir el paso a paso y contestar algunas preguntas. Para continuar, primero determine si cumple algunas de las siguientes condiciones: 


Imagen: Declarafacil.co

De esta manera, tras pagar una suma, usted puede generar la declaración y llevar el recibo al banco. Le contamos las opciones. 

Ayuda Renta

Este recurso está dirigido a los contribuyentes persona natural, que están en la categoría de empleado, no tienen la obligación de llevar libros de contabilidad y no pertenecen a la categoría de trabajador por cuenta propia. El programa se descarga en la página 

http://www.dian.gov.co/micrositios/renta_gravable2016/index.html, en el enlace que se muestra en el círculo rojo:


La condición es descargarlo en Windows 7 o un sistema mayor. Necesitará de los documentos para determinar los ingresos, el patrimonio y las deducciones. El programa de ayuda descargará un archivo de excel, por lo cual se recomienda cerrar previamente las ventanas de hoja de cálculo para que funcione correctamente. Tómese el tiempo necesario para leer las instrucciones. 

Impuesto Correcto


Es una página web donde los colombianos pueden hacer su declaración de renta y, con una serie de preguntas, puede tenerla lista en 30 minutos. El valor de este servicio es de $90.000. “Hemos aprendido de nuestros clientes que la declaración de renta no tiene por qué ser difícil ni costosa. Es por esto que trabajamos incansablemente para que su declaración de renta sea fácil, correcta y a un precio justo”, señalan los creadores de esta app. Por medio de esta página no es necesario tener conocimientos previos del sistema tributario. 

DeclaraFácil.co


Si no está muy seguro de si debe presentar su declaración, esta página web le ayuda con todo el proceso. El contribuyente paga $80.000 y en una hora, siguiendo juicioso el proceso y hablando con un asesor virtual, puede hacer este trámite y obtener el recibo para pagar en el banco. Ellos se encargan de presentar ante la DIAN el documento. 

John Salazar, gerente general de Innoven, la empresa detrás del desarrollo, explicó que más de 100 personas han utilizado esta herramienta, disponible en la web y que corre en cualquier navegador (Explorer, iOS o Android). “Hemos encontrado personas que no conocen la normatividad y les ayudamos a disminuir lo que tienen que pagar adjuntando las deducciones como intereses de préstamo de vivienda, si tiene personas a cargo o cuentas de ahorros”, indicó.

http://www.finanzaspersonales.co/impuestos/articulo/impuestos-apps-para-presentar-la-declaracion-de-renta/73450?utm_source=newsletter&utm_medium=mail&utm_content=finanzaspersonales&utm_campaign=2017_08_16

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