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Las “invitaciones” a pagar de la Ugpp


La UGPP se ha dedicado a enviar comunicados invitando a los aportantes a ponerse al día en los pagos al sistema de protección social. Estas invitaciones son el producto del cruce de información entre la DIAN y la UGPP.

Desde su inicio operativo la UGPP centró sus esfuerzos en fiscalizar personas jurídicas. Aunque existen criticas sobre las posiciones jurídicas de la Unidad y del procedimiento que adelanta para la fiscalización, lo cierto es que la UGPP sí ha logrado aumentar el recaudo de aportes al sistema de seguridad y parafiscales. Ahora, con el transcurso del tiempo y la sofisticación de sus procesos internos, la UGPP empezó a prestar atención a los aportantes personas naturales. En esta primera etapa la UGPP se ha dedicado a enviar comunicados invitando a los aportantes a ponerse al día en los pagos al sistema de protección social. Estas invitaciones son el producto del cruce de información entre la DIAN y la UGPP.
Las invitaciones llegan a aquellas personas que declaran renta. Con la declaración de renta, la UGPP concluye que el aportante tiene un ingreso superior al salario mínimo mensual y que por ende es afiliado obligatorio al sistema de seguridad social, por lo menos en salud y en pensiones. Con esta invitación la UGPP busca motivar a quienes no cotizan o cotizan con una base inferior a lo que reflejan sus ingresos en la declaración.
Estas invitaciones han ido evolucionando y el formato enviado cada vez es más eficaz en lograr su objetivo: el recaudo. En el año 2016, la invitación o amenaza como muchos lo sintieron enviaba el mensaje de que si al mes siguiente de la llegada de la comunicación el aportante empezaba a realizar los aportes, se evitaría el proceso de fiscalización y las consecuentes sanciones. Lo atractivo de este comunicado es que el aportante entendía que si se ponía juicioso a partir de la fecha se evitaría sanciones e intereses moratorios por los periodos anteriores. Debo decir que esta estrategia funcionó y muchos aportantes empezaron a aportar si no lo hacían antes o incrementaron la base de cotización.
Desafortunadamente y a pesar del lenguaje de la “invitación”, la UGPP inició procesos de fiscalización a aportantes que habían hecho caso a la invitación. Hoy en día esos procesos se encuentran en curso y muy seguramente terminarán en la imposición de multas por omisión, inexactitud o mora. 
A partir del 2017, el formato de “invitación” cambió. En estos nuevos formatos se evidencia un cambio radical en la posición de la UGPP pues ahora ya no establecen un perdón tácito por periodos anteriores a la comunicación. Por el contrario la invitación busca que el aportante corrija periodos anteriores acogiéndose a la reducción de intereses moratorios que contempló la ultima reforma tributaria. En otras palabras, la UGPP advierte al aportante que de corregir las cotizaciones antes del 30 de junio de 2017, obtendrá una reducción del 70% del valor de los intereses de los sistemas de salud, riesgos laborales y caja de compensación familiar. Nada se dice en este comunicado sobre la posibilidad de evitarse procesos de fiscalización si el aportante corrige su práctica a partir de la fecha. 
Con este nuevo escenario el aportante tiene que tomar la decisión de: corregir el pasado o asumir el riesgo de una posible fiscalización que terminará en la orden de pago del aporte dejado de pagar, el interés de mora y la sanción administrativa que aplique. Para tomar la decisión el aportante debe tener en cuenta la cantidad de plata que debe y si tiene como pagarla. Frente a este punto es importante aclarar que la UGPP está facultada para fiscalizar los aportes por un periodo de 5 años para atrás. 
La dificultad que presentan los aportantes que reciben estas invitaciones son: i) que los valores a pagar resultan muy elevados aun con el descuento de los intereses, ii) no existe la manera de diferir el pago en cuotas. El pago de la corrección debe realizarse antes del 30 de junio de 2017 y iii) que la corrección de aportes no reflejará diferencia alguna en los servicios de salud que reciben, en ocasiones tampoco mejorará la pensión de vejez que esperan en algún momento recibir. 
La sensación de injusticia es común en aquellos que reciben la “invitación”. Para ellos y para muchos la cotización al sistema de seguridad social se circunscribe únicamente a los contratos de prestaciones de servicios o contratos de trabajo. Los cuestionamientos de justicia son contantes por la evolución y la fecha de expedición de las normas que regulan la materia. Sin embargo, para ellos éste el momento de tomar la decisión, es posible que el año entrante la posición de la UGPP vuelva a modificarse.

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