Si es de las personas que aún no sabe qué es lo que puede llevar a estar reportado en una central de riesgo, aquí le explicamos cuáles son esas condiciones que lo pueden llevar por ese camino.
¿Por qué me reportaron a Datacrédito?
Una vez usted empieza a relacionarse con el mundo de los bancos y los créditos, empieza a construir una especie de historia en la que se registra cuál es su comportamiento de pago, es decir, si paga a tiempo, si suele demorarse o cuántas veces ha pedido un crédito durante el último año. A esto se le conoce como historia crediticia, y le es útil a todas las entidades financieras como parte del proceso para determinar si les conviene o no prestarle dinero.
Entonces, aquella persona que pide pocos préstamos, que paga a tiempo las cuotas de su tarjeta o que se mantiene al día con sus responsabilidades financieras, tendrá más opciones de que le otorguen un crédito nuevo, a diferencia de aquel que se ha quedado ‘colgado’ con las cuotas o que cada 15 días está mirando qué banco puede prestarle porque no tiene dinero.
Ese registro es manejado por las centrales de información o de riesgo (Central de Información de la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia -CIFIN-, Datacrédito, Covinoc, Computec, Inconcrédito, Credicheque, Fenalcheque, etc.) que “son sociedades o agremiaciones de carácter privado en las cuales se registra el comportamiento crediticio, financiero y comercial de las personas que celebran operaciones con entidades financieras, cooperativas y empresas de sector real” según señala la Superintendencia Financiera.
Entonces, como tal, estas entidades se encargan de manejar esa información, así que todas las personas que alguna vez en su vida han pedido créditos o han solicitado servicios que impliquen una historia crediticia, ya cuentan con un “reporte” a estas centrales de riesgo. El tema es cuando la persona no paga y es ahí donde se genera el problema.
Cuando usted no paga…
El problema con esto viene cuando le hacen un REPORTE NEGATIVO, es decir, que usted no ha pagado una obligación financiera. Esto puede suceder cuando usted ha estado en mora de ese pago por más de 30 días.
Tenga en cuenta que “una persona puede ser reportada por cualquier obligación y por cualquier tipo de obligación financiera, sin importar el monto. Además, para que una deuda sea reportada a las centrales de riesgo, el acreedor debe primero celebrar un contrato con la central de riesgo que le permita reportar todas las obligaciones en mora, a cambio de un pago a esa central de riesgo, es decir, no cualquier persona a quien le deban dinero puede ir a Datacrédito a pedir que reporten a su deudor”, explica Juan Carlos Muñoz, abogado experto en el tema, conciliador en Insolvencia de la Persona Natural No Comerciante.
Esto quiere decir que no necesariamente los bancos son los únicos que pueden reportarlo sino también almacenes de cadena, empresas de telefonía o demás compañías que prestan servicios de financiamiento. Y en cuanto a montos, no importa si debe $100 o $1 millón, también puede ser reportado.
No obstante, tenga en cuenta que si usted no ha pagado en esos 30 días, usted deberá ser notificado que será reportado, antes de que la entidad con la que tiene la deuda se comunique con una central de riesgo. Esto está reglamentado por la Ley de Habeas Data (Ley 1266 de 2008) y establece que “únicamente puede ser reportado negativamente después de 20 días desde que la entidad le envíe una comunicación en tal sentido. En este tiempo, usted puede demostrar o efectuar el pago de la obligación o controvertir aspectos como el monto de la obligación o cuota y la fecha de exigibilidad”.
Entonces, usted será reportado:
- Si demora más de 30 días en hacer el pago
- Por cualquier monto
- Por cualquier empresa que le haya prestado un servicio de financiación
- Si la empresa que le prestó el servicio de financiación tiene relación con una central de riesgo
¿Si pagó el día 30?
Dado que usted será notificado previamente y si ya hizo el pago, usted se podrá dirigir a la entidad con su respectivo comprobante, para solicitar que no se haga ese reporte.
¿Si pagó el día 31?
“Si el reporte fue posterior al pago, entonces debe esa persona permanecer reportada según el periodo de castigo”, explica el abogado Muñoz.
¿Por cuánto tiempo permanece el reporte negativo?
La Ley establece que “el término general de permanencia de la información negativa en los bancos de datos será de 4 años, a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas, o que se extinga la obligación por cualquier modo. Si la mora es inferior a dos años, no podrá exceder el doble de la mora”.