Si luego de evaluar algunas condiciones de vida y su situación laboral, se ha dado cuenta que una mejor opción para cotizar es hacerlo en un fondo privado y no en el régimen de prima media, tenga en cuenta la siguiente información.
De Colpensiones a un fondo privado, ¿qué tener en cuenta?
Pero cuando se trata del tema de pensiones, cada persona es una historia distinta y tiene unas cualidades que lo hacen totalmente distintos a otros. Es por eso que siempre tiene que ser una decisión muy personal, analizando las perspectivas de trabajo que vea en su carrera y según sus planes profesionales.
Uno de los errores más comunes, al respecto, es ver a familiares aconsejando a los más jóvenes para cotizar de la misma forma en que ellos lo hicieron y los impulsan a cotizar en el Régimen de Prima Media, es decir, en Colpensiones. Pero no puede resultar una decisión inteligente para muchos.
O también puede suceder que con el paso de los años, una persona que estaba en un fondo de pensiones privado, o en el Régimen de Ahorro Individual Solidario (RAIS), decide que lo mejor es pasar sus aportes al otro régimen.
Sea cuales sean los motivos, de acuerdo con expertos de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías, Asofondos, cuando la persona toma decisiones de este tipo, debe:
– Asesorarse correctamente y conocer lo que ha logrado en materia de cotizaciones, sus expectativas y realidad en los últimos diez años de su vida laboral, entre otros.
– Conocer que una mala decisión podría significarle pensionarse en condiciones más desfavorables, no obtener una pensión o incluso recibir una menor devolución en el monto su ahorro pensional (si no le alcanzó el tiempo o el capital ahorrado para la pensión).
– Cada persona debe saber que su caso es ÚNICO Y PARTICULAR. Los expertos recomiendan no dejarse llevar por el caso de un familiar o amigo ya que cada caso es muy personal.
Cuándo hacer ese cambio
Dado que cada régimen de pensiones maneja unas condiciones distintas tanto para el ahorro como para el momento de la jubilación, en general, una persona que actualmente esté en Colpensiones y esté pensando en pasarse a un fondo privado debe considerar si cumple alguna de estas condiciones:
• Jóvenes que hasta ahora inician su vida laboral y pueden lograr mayores rentabilidades de sus ahorros.
• Una persona que gane el salario mínimo.
• Una persona que vea su situación complicada para lograr una pensión en las actuales condiciones exigidas por la ley.
No obstante, recuerde que siempre deberá asesorarse al respecto, para tomar la decisión adecuada, más aún porque estos cambios solo pueden hacerse cada 5 años y el último cambio posible, será 10 años antes de cumplir la edad de pensión; es decir, de 47 para las mujeres y de 52 para los hombres (última oportunidad para hacer el cambio).
¿Qué hacer?
1. Debe haber cumplido los 5 años en el régimen al que esté afiliado, en este caso Colpensiones (5 años es el tiempo de permanencia estipulado cuando se hacen los cambios y de este modo también regirá cuando se pase al RAIS – Fondos).
2. Luego, deberá hacer la respectiva solicitud al empleador, quien a su vez contactará a un asesor del fondo que haya seleccionado (ya sea Colfondos, Protección, Porvenir u Old Mutual). Pero también el trabajador, por su propia cuenta, puede dirigirse a alguna oficina del fondo al que quiera afiliarse.
3. Una vez allí, se le pedirá diligenciar un formulario y se harán los cambios de régimen en un periodo máximo de 3 meses.
4. Dado que en el fondo privado se genera una cuenta individual, allí se acreditarán los recursos. No obstante, se presentan unos casos particulares, porque el dinero en Colpensiones no viene de una cuenta individual, entonces:
a. Si el afiliado ha cotizado más de 150 semanas a Colpensiones en ese periodo de 5 años lo que recibirá es un bono pensional que podrá redimir a la edad que estipula el gobierno como edad de pensión o negociarlo anticipadamente con la AFP.
5. Luego de realizar todo el proceso, empezará a hacerse el respectivo descuento al fondo de pensiones seleccionado.
Y lo del bono pensional…
Se trata de un término, nada más. No hay por qué asustarse al respecto. Lo que sucede es que dado que no pueden darle su dinero de forma “física” porque viene de una “bolsa común” (Colpensiones); entonces, no es dinero con el que usted podrá contar.
Por eso, una vez se traslade al fondo de pensiones privado, su ahorro empezará desde ceros. Esto no significa que el tiempo que haya cotizado a Colpensiones no cuente, claro que no. Cuentan tanto las semanas como los aportes que haya hecho. Sólo que hacen parte de una situación distinta que usted podrá ver hasta el día que vaya a pensionarse. Pero tranquilo, ese dinero sigue allí.
Igualmente, en el extracto que le llegará cada tres meses por parte de su nueva Adminsitradora de Fondos de Pensiones (AFP), se le informará el valor de su bono pensional. Tenga presente también que aquellas personas que han cotizado con anterioridad a un fondo, luego se trasladaron a Colpensiones y de nuevo buscan ahora pasarse a un fondo, se hará el traslado del dinero aportado al fondo y en forma de bono, lo que cotizaron en Colpensiones si son más de 150 semanas.