Pablo Felipe Robledo Del Castillo, Superintendente de Industria y Comercio.
En diálogo con Dinero el Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo Del Castillo, indicó que hay que migrar al modelo europeo donde las sanciones o multas están atadas a las utilidades de las compañías.
Tal es la situación que en muchos casos la última palabra en las estrategias de marketing la tiene la oficina jurídica de la compañía y no la oficina de mercadeo, que hasta hace poco era intocable en esos temas.
Y es que no es para menos, pues de acuerdo al más reciente informe de la Superintendencia de Industria y Comercio, durante el primer semestre del año 2014 la entidad impuso en primera instancia 494 sanciones a empresas de diferentes sectores de la economía que ascendieron a $120.443.213.000 millones.
Los motivos por los que llegaron a ser multadas las compañías fueron publicidad engañosa, protección de datos personales, control de precios, contravención en las normas sobre protección al consumidor y eficiencia de los mercados en aspectos relacionados con telecomunicaciones, reglamentos técnicos y metrología legal.
Sin embargo, según declaraciones dadas a Dinero por el Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo Del Castillo, aunque Colombia ha avanzado en materia sancionatoria, aún hay mucho por modificar.
“Antes de la última modificación al estatuto del consumidor, la máxima multa que se podía imponer a una empresa era de 100 salarios ($60 millones), sin embargo, después de la actualización al texto las sanciones pueden llegar a los 2.000 salarios ($1.200 millones)”, aclaró.
¿Porque debe subir el umbral sancionatorio?
“Hay que migrar poco a poco al modelo europeo donde las capacidades sancionatorias están atadas a las utilidades de las empresas”.
De acuerdo con el Superintendente Robledo en algunas ocasiones las ganancias de las empresas que operan en Colombia pueden a llegar a ser tan altas, que la multa más grande que se puede aplicar a una de estas firmas cuando incurre en un error, es insignificante y nada ejemplarizante.
«Existen ejemplos en donde había cuenta de la gravedad de la falta, pero cuando se comparan los ingresos y las utilidades que generan esas empresas, resulta insuficiente la multa. Por eso hay que pensar en este campo y todos los otros donde el Estado tenga una capacidad sancionatoria, en tener criterios diferentes a una máxima multa establecida en términos de dinero para impactar a las utilidades o ingresos operacionales del infractor», señaló.
La propuesta del Superintendente está siendo estudiada por el Gobierno con el objetivo de estructurar una reglamentación más estricta y provechosa para el Estado.