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RUT no pierde vigencia y su inscripción se realiza una vez


El trámite se realiza en un punto de contacto Dian.

La Dian reiteró que el Registro Único Tributario (RUT) no pierde vigencia; que su copia actualizada se puede descargar a través de su página web, y que solo es necesario ir a un punto de contacto si va a realizar el trámite por primera vez.

Luego de que unos 300 usuarios inconformes provocaran disturbios mientras esperaban en la entrada de la oficina del SuperCade de la carrera 30 con calle 26, en Bogotá, para tramitar el certificado de Registro Único Tributario (RUT), la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) reiteró que este documento no pierde vigencia.
Además, informó la entidad, la copia actualizada de este registro se puede obtener a través de su página web www.dian.gov.co . Solo es necesario acercarse a un punto de contacto si va a tramitar el RUT por primera vez.
El malestar de los usuarios comenzó cuando los funcionarios del SuperCade terminaron su jornada y anunciaron que no atenderían más.
Varias personas dijeron que llevaban haciendo fila desde las 4:00 de la mañana para realizar el trámite y causaron algunos destrozos en el lugar. Todos coincidieron también que hay falta de información.
El documento del RUT es necesario para realizar el trámite de la presentación de la declaración de renta de las personas naturales correspondiente al año gravable de 2013, que se inició esta semana.
QUÉ ES EL RUT Y CÓMO SE PUEDE INSCRIBIR
El Registro Único Tributario sirve para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio.
Además, sirve para avalar e identificar la actividad económica ante terceros con quienes sostenga una relación comercial, laboral o económica en general y ante los diferentes entes de supervisión y control.
Para inscribirse por primera vez se debe dirigir a un punto de contacto Dian, llevar cédula de ciudadanía y fotocopia ampliada al 150 por ciento; actualizar información personal, como dirección de la residencia. El funcionario que atiende esta diligencia facilita el número de la actividad económica en la que se desenvuelve el contribuyente.
Posteriormente, la persona firma el documento que contiene esa información (RUT), y se lo entregan. Es necesario guardarlo porque es el que debe seguir presentando en las diferentes diligencias en que sea exigido.
Si la diligencia se hace a través de un apoderado, debe presentar el documento original de identificación y fotocopia del mismo, original del poder o copia si se trata de poder general a través de escritura pública, documento original de identificación del apoderado y fotocopia del mismo.
Ese trámite es gratuito, como cualquier otro que se realice ante la Dian.
La entrevista con el funcionario de la Dian durante el trámite dura en promedio entre 5 y 10 minutos.

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